Mesas electorales: Permisos para los trabajadores
El 22 de junio han empezado los sorteos de mesas electorales para las elecciones del 23 de julio. 543.000 miembros, entre titulares y suplentes, en muchos casos puede ser elegido como candidato uno de nuestros trabajadores. Hoy te contamos los derechos de los trabajadores que son elegidos para la mesa electoral.
Requisitos para participar en una mesa electoral
Estas personas deben cumplir los siguientes requisitos: ser menores de 70 años (aunque a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia en un plazo de 7 días), saber leer y escribir y, en el caso del presidente o presidenta, tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado.
Derechos como trabajador si te ha tocado mesa electoral
En el caso de que tu empresa los trabajadores tengan que trabajar ese día, estos tienen derecho a un permiso retribuido de la jornada completa. No pierden su parte del sueldo por estar en una mesa.
También los trabajadores que tenga que hacerlo al día siguiente, también tienen derecho reducción de jornada de 5 horas. Esto también implica que no pierden parte de su sueldo.
¿A qué tienen derecho los interventores de los partidos
políticos? ¿Y los apoderados?
Interventores y apoderados son las personas que tienen las diferentes formaciones políticas ese día en las mesas electorales para asegurarse que el proceso en todas y cada una de ellas se desarrolla de forma correcta. Los vas a identificar porque llevan en un lugar visible una acreditación en la que figura el logo y nombre del partido o formación política y si es interventor o apoderado.
Estas personas no tienen una dieta asignada por la administración como los miembros de la mesa. Sin embargo, hay partidos que sí que pueden recurrir a este método para no quedarse sin representación en todas las mesas electorales.
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que acrediten su condición de apoderados tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación (Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del Régimen Electoral General; Sección XI, artículo 76).
Por otra parte, los que acrediten su condición de interventores tienen derecho a los mismos permisos que la ley de 5/1985 recoge para los miembros de la mesa.
Nosotros ya te hemos contado qué hacer si alguno de los trabajadores de tu empresa es seleccionado para la mesa electoral.
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